LOS TIPOS DE VOTO QUE PUEDEN EMITIR LOS ELECTORES EN UN COMICIO SE CLASIFICAN EN TRES CATEGORÍAS: LOS VÁLIDOS, LOS NULOS Y LAS CATEGORÍAS TRANSITORIAS, SEGÚN EL CÓDIGO NACIONAL ELECTORAL.
Los tipos de voto que pueden emitir los electores en un comicio se clasifican en tres categorías: los válidos, los nulos y las categorías transitorias, según el Código Nacional Electoral.
La siguiente es la explicación de cada uno de ellos:
– Voto afirmativo (válido): son aquellos que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías, o cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficializadas de fuerzas políticas diferentes.
– Voto en blanco (válido): cuando el sobre está vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color sin ninguna inscripción. Cuando falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considera voto en blanco solo para dicha categoría.
– Voto recurrido: es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. El fiscal deberá fundamentar en el formulario especial de voto recurrido con «expresión concreta de la causa».
– Voto de identidad impugnada: es un voto sobre el cual el presidente de mesa o los fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad; es decir, que no es el titular del documento cívico que presenta. La impugnación se realiza en el momento previo a emitirse el sufragio.
– Voto nulo: es aquel que se emite con una boleta no oficializada, o cuando se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños. También se considera nulo cuando se hayan incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos, o cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones o leyendas de cualquier tipo.
Documentos habilitados para votar.
Fuente: Télam (no disponible en la versión original del artículo)
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