En noviembre del año pasado la Legislatura provincial aprobó una renovada Ley de Tránsito. La nueva norma suscitó polémicas y contrapuntos entre oficialismo y oposición porque, entre otras cosas, cargaba las tintas sobre las municipalidades, ya que la Ley dicta que cada comuna deberá contar con juzgados administrativos municipales de tránsito y los cuerpos municipales de tránsito. Pero esta decisión no fue acompañada de recursos económicos, es decir, es una Ley que da una gran responsabilidad a los gobiernos locales, pero no le destina presupuesto.
La Municipalidad de Lavalle fue una de las que decidió tomar cartas en el asunto (San Rafael fue la otra) y realizó una presentación judicial ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) mendocina. «Estudiaremos muy seriamente plantear la inconstitucionalidad de la ley, que está dada por la distribución de responsabilidades, pero no de recursos» dijo, a El Despertador, el Secretario de Gobierno Gerardo Vaquer, apenas fue aprobada la ley.
Efectivamente, la Municipalidad de Lavalle, a través de sus representantes legales, presentó una Acción de Inconstitucionalidad ante el superior tribunal. El órgano máximo que imparte justicia en nuestra provincia resolvió rechazar la medida presentada por la comuna y cambiar la carátula a «Conflicto de Poderes» respaldándose en un artículo del nuevo Código Procesal Civil. La resolución que rechaza y cambia el foco de la medida tiene como firmantes a los jueces Mario Adaro, Omar Palermo y el saliente Alejandro Pérez Hualde (que será reemplazado, en breve, por el cornejista Dalmiro Garay).
La comuna entiende que no es correcta la interpretación de la SCJ y realizó otra presentación para llevar el pedido de inconstitucionalidad a los fueros federales. El argumento de la comuna es que «se pretende la inconstitucionalidad de algunos artículos en cuanto han afectado al Municipio en su autonomía y por las afectaciones presupuestarias que necesariamente va a ocasionar» según afirmó Gustavo Ortíz, abogado de la Municipalidad de Lavalle. También explicó que «en un cálculo estimado, para Lavalle, en el 2018 hubiera sido de 22 millones de pesos, plata que el municipio no tiene» el dinero necesario para montar la estructura administrativa y de personal que esta regla necesita.
«El municipio no estuvo de acuerdo con esa calificación (la de Conflicto de Poderes) y presentó un recurso que la Corte rechazó, y frente a ese rechazo se encuentra en trámite un recurso extraordinario federal para que no se lo considere como Conflicto de poderes», informó Ortiz. En definitiva lo que se está resolviendo es la calificación de la causa.
En su dictamen la SCJ «ordena … la suspensión de … la Ley en lo que respecta a ese Municipio», ya que «la misma pone en riesgo cierto la capacidad económica y financiera de la Comuna para cubrir servicios elementales, lo cual implica un riesgo evidente de sufrir un daño irreparable». Es decir, que mientras se resuelva la cuestión jurídica, la comuna no deberá hacerse cargo de ordenar el tránsito lavallino. Consultado sobre cuándo se resolvería esta situación, Ortiz opinó: «los tiempos son difíciles de calcular, es incierto, puede demorar varios años».
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