Despertador Online

El diario del Oasis Norte de Mendoza

La Región

4 de septiembre de 2018

Cómo afectaría a los lavallinos los cambios del Código de Cornejo

  •   Por Franco D´Amelio
           

El Código de Faltas es la compilación legal que regula las faltas, es decir, esas acciones que puedan ser perjudiciales para otros pero que son leves y por lo tanto no son sancionadas como delitos, sino que tienen penas más leves.
El intento de reforma que plantea el gobernador fue aprobado en Senadores causando polémica en la oposición provincial y también en distintos ámbitos sociales.

 

Algunas de las nuevas faltas son: la falsa búsqueda, las agresiones de menores a docentes (pagadas por los padres), el abandono animal y el maltrato a adultos mayores. En esta nota, la visión del concejal Lucas Luppo sobre el tema.
El radical que interinamente ocupa la presidencia del HCD comenta: “…creo que un Código de Faltas de 1965 es necesario aggiornarlo, hay muchos términos que han quedado obsoletos y hasta discriminatorios…además para las distintas necesidades, no es la misma sociedad de la década del 60’”
ED: ¿En qué cree que afectaría a Lavalle?
“El Código siempre ha estado pensado para las grandes urbes, no es un Código Pena,l como la oposición está diciendo. Son faltas, pequeños errores que el ciudadano común debe evitar para no ser sancionado…A Lavalle no le va a afectar en el 100% en su normal desarrollo, puede llegar a impactar en el maltrato a un docente o a un médico en un centro de salud, pero no va a afectar en gran manera el modo de vida del lavallino”.
Un dato interesante es el de la función policial en caso de aprobarse este nuevo compendio legislativo. “…tiene que haber una denuncia de parte, no se puede hacer de oficio, la policía no actúa porque sí, a menos que se trate de un delito en lugar de una falta. Actuará sólo en caso de denuncia, en esa situación simplemente hará un acta como medio de prueba para presentarse ante un juez”.
ED: Entonces, ¿la policía tendría autoridad para perseguir a los vendedores ambulantes, como algunos ya temen, o no?
“No, tiene que haber una denuncia, puede pasar que algún comerciante denuncie a un vendedor ambulante por hacer ruidos molestos o por competencia desleal, ahí sí va a actuar, pero no significa que la policía los vaya a sacar, simplemente constatará la falta y será el juez quien determine la sanción”.
ED: Desde la oposición se dice que la ley tiene una intención recaudadora, ¿qué opina usted?
“…pone como prioridad de sanción el trabajo comunitario, el caso de la multa o los días de arresto según la falta, no es que sí o sí cada falta implica un pago en dinero, tenemos otra forma de pago que no sea la económica…estoy seguro que habrá un trabajo comunitario que adecue la conducta del infractor, no tiene un fin recaudatorio…”
Sobre este punto, y que sirve como argumento a la oposición, lo llamativo son las aparentes incongruencias entre el tipo de falta y el monto de sanción. Por ejemplo: insultar o maltratar verbalmente a un anciano tiene multas de entre $3.800 y $11.400; mientras que por abandonar una mascota la pena a pagar va desde los $9.500 a los $19.000.
Se puede especular, que por gracia divina en la cotidianidad es más común que se abandone un perro a que se agreda a un adulto mayor, por lo cual el hecho de que las multas sean de cifras que prácticamente se duplican, podría considerarse como una estrategia recaudadora.
Sobre esto último, Luppo comentó: “…sinceramente no sé cuáles son los parámetros que habrán considerado para poner esos montos…”


  • Comentarios

    Relacionadas