El sindicato vuelve sobre el tema, a partir de los últimos bonos de sueldos que les llegaron a las trabajadoras de la empresa.
En términos generales, es importante que se respeten las leyes laborales y se garantice que los trabajadores reciban una remuneración justa por su trabajo. El trabajo en cooperativas puede ser una forma legítima de empleo, siempre y cuando se respeten los derechos laborales de los trabajadores y se cumpla con las normativas correspondientes.
Si los trabajadores están siendo contratados a través de una cooperativa de trabajo en fraude a las disposiciones de la Ley 5892, y recibiendo remuneraciones inferiores al salario mínimo vital y móvil, esto podría considerarse una situación ilegal y contraria a los derechos de los trabajadores.
En este caso, el Sindicato de Trabajadores Municipales de Lavalle, no puede permanecer ajeno, y se tomarán las medidas correspondientes para proteger los derechos de los trabajadores municipales y asegurar que se cumplan las leyes laborales pertinentes.
En este sentido, por intermedio de la Cooperativa de Trabajo Limares Limitada, constituida a instancias de funcionarios de la Municipalidad, -lo que es por la mayoría de los trabajadores municipales conocido-, con el fin de tercerizar el trabajo de limpieza, tareas de ordenanza y mantenimiento de ciertos sectores municipales, ha sido contratada y es contratada mediante licitación pública y también a través de expedientes que se generan además de la licitación, para las tareas de limpieza, ordenanza y mantenimiento de algunos sectores del municipio.
Si bien en el objeto de contratación por parte de la Municipalidad, utilizan términos ambiguos y genéricos, lo que no hacen que sea claro el objeto de la contratación a través de la Licitación Pública, en definitiva, contratan el trabajo de limpieza, ordenanza y mantenimiento, que constituyen tareas normales y habituales para el desenvolvimiento y funcionamiento de la Municipalidad de Lavalle; además de ser el Municipio de Lavalle la principal fuente de ingresos de la cooperativa y prácticamente su único contratante con contadas excepciones por lo que consideramos que la Municipalidad de Lavalle es solidariamente responsable de las obligaciones laborales y de la seguridad social de los trabajadores de la Cooperativa Limares
Por eso decimos que se realiza en fraude a las disposiciones laborales de la Ley 5892, que es la que establece los derechos y obligaciones del trabajador y el Municipio en carácter de empleador, en una relación de empleo público municipal.
La utilización de esta figura, como así también la de la Locación de Servicios y de los denominados tercerizados mediante contrataciones mensuales por expediente, en definitiva constituyen formas de precarizar el empleo, con menor o a veces ninguna cobertura de seguridad social, con salarios también muchas veces por debajo del promedio del mínimo vital y móvil.
Es esta vez, frente a la queja efectuada por algunas mujeres que forman parte de la Cooperativa Limares que se acercaron a plantear la situación, mujeres que no tienen otra opción que aceptar las condiciones que desde la cooperativa definen, sin capacidad de negociación colectiva, y que perciben salarios inferiores al promedio por hora del mínimo vital y móvil. Según manifestaron estas socias (verdaderas trabajadoras municipales), les habían pagado un tercio de la remuneración de marzo, Cabe aclarar que le está pagando a razón de $250 la hora de trabajo. En el día de ayer, sábado aparece mágicamente lo restante al pago de un tercio. También manifiestan que en la licitación la hora trabajada es de $420 ajustable a la inflación. Esta empresa cuenta con 48 trabajadoras y otra tanta se paga por expediente, pero de alguna forma también relacionadas a la cooperativa. Apelamos a la moralidad y sensibilidad social del Municipio, para que intervenga, asegure y garantice que efectivamente cada persona que preste servicios para la Municipalidad perciba efectivamente, lo que se dice en mano, una remuneración al menos proporcional al mínimo vital y móvil, respetando lo indicado en la licitación o sea los $ 420 con ajustes estipulados.
No obstante ello, informamos que como Sindicato Municipal iniciaremos las acciones colectivas necesarias para que todo trabajador municipal que se encuentre en situación irregular (es decir fuera de las disposiciones de la Ley 5892), sea efectivamente registrado y se le pague la remuneración que establecen las Paritarias Municipales, evitando la utilización de figuras en fraude a la Ley 5892 que en definitiva resultan indignas para el trabajador.
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