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16 de mayo de 2023

En medio del escándalo de la Corte Suprema, ¿la justicia tiene pendientes con Lavalle?

  •   Por Franco D´Amelio
           

Este organismo presidido por el juez Horacio Rosatti lo tiene a él como blanco de un juicio político, que es el proceso de destitución, iniciado por el presidente Alberto Fernández en enero.

El motivo de la investigación que lleva a cabo la Cámara de Diputados de la Nación se inició a partir de que se filtraran en aquel momento chats entre Silvio Robles, la mano derecha de Rosatti, y el ministro de Justicia y Seguridad porteño, Marcelo D’Alessandro sobre licitaciones y negocios, incurriendo así en tráfico de influencias.

Sin embargo, el martes la semana pasada se sumó otro capítulo a la escandalosa situación: la Corte Suprema dio lugar a los pedidos de la oposición política de anular las elecciones a gobernador en las provincias de Tucumán y San Juan.

La solicitud era porque, según argumentos opositores, no se estaría respetando la alternancia en el poder.

Lo llamativo es que el veredicto del organismo judicial se dictó a menos de una semana de los comicios.

Alberto Fernández hizo notar que esto ocurrió en dos jurisdicciones donde se preveía un triunfo del peronismo y donde curiosamente las constituciones provinciales no regulan la cantidad de reelecciones como ocurre en Mendoza.

Las especulaciones sobre si esta decisión judicial fue objetiva o si es parte de una lucha política no se hicieron esperar.

Es que, junto con las declaraciones del expresidente Mauricio Macri quien acusó de ser «feudos» a las provincias norteñas donde su espacio político había sido recientemente derrotado en las elecciones viene esta decisión impulsada por un organismo cuyo presidente y vice (Carlos Rosenkrantz) fueron designados por decreto por dicho dirigente del PRO durante el primer año de su presidencia de la Nación.

El caso de Lavalle

Tal vez muchos no lo sepan, pero la Municipalidad se encuentra en litigio contra la provincia de Mendoza desde 2017 por la actualización a la Ley de Tránsito. Es que en el artículo 7 de la ley 9.024 se obliga a los municipios a crear juzgados y policías de tránsito, pero sin designar los fondos para su funcionamiento.

Según la propia legislación estos nuevos organismos deberían poder mantenerse con lo recaudado por las multas.

Desde el gobierno lavallino interpusieron una acción de inconstitucionalidad que debe resolver la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza.

Como en su momento explicara el secretario de Innovación Pública lavallino, David Fiore, esto se trata de «delegar una función, pero no los recursos para realizarlas…esto no tiene en cuenta las diferencias entre el parque automotor circulante y la extensión territorial que hay, por ejemplo, entre la Ciudad y nuestro departamento».

En diálogo con el equipo de asesoramiento legal del Municipio se nos aclaró que, si bien la causa debe ser resuelta por el máximo tribunal provincial dado que es un tema complejo, no consideran que vaya a resolverse en el corto plazo.

El Despertador tuvo acceso a la visualización de este expediente en el sistema de seguimiento del Poder Judicial.

El mismo ingresó en Mesa de Entrada el 29 de diciembre de 2017, algo que presumíamos, pero para nuestra sorpresa el resumen digital dice: «última actualización del expediente al: 13/11/2019 11:45hs.»

Otro punto que nos llama la atención es que en el resumen de movimientos en torno a la causa no figura la remisión a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

De hecho, tal como señaló una especialista jurídica que asesoró en esta nota, el 17 de octubre de 2019 se marca un «rechazo formal al recurso extraordinario federal» que pone en duda si efectivamente el expediente llegó a su destino en Capital Federal.

Esto lo pudimos confirmar al tener acceso a la resolución 104356959 en la que se exponen todos los argumentos presentados por la Municipalidad y donde la Corte Suprema de Justicia de Mendoza realiza su descargo exponiendo por qué no habría fundamento para hablar de «arbitrariedad» y violación de la «autonomía municipal» como para dar lugar a la intervención de la Corte Suprema nacional.

El documento resuelve «rechazar el Recurso Extraordinario Federal de apelación por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación interpuesto por la Municipalidad de Lavalle a fs. 159/176 contra el pronunciamiento que rola a fs. 157/158».

A su vez, le impone los costes de la parte recurrente (es decir, los honorarios de los representantes de la Provincia).

El escrito está suscrito por el Dr. José V. Valerio y Dr. Pedro Jorge Llorente, Mario Adaro se encontraba de licencia.

Es decir, básicamente la Corte Suprema de Mendoza le negó a Lavalle la posibilidad de apelar a la intervención de la Corte Nacional, pero desde 2019 no ha habido movimiento del expediente, por lo que tampoco el máximo tribunal local ha definido.

Lavalle anticipó, según consta en los vistos del escrito, que se reserva el derecho de recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Luchas legales largas, con horas y horas de trabajo de ambas partes y, en el medio, una Justicia que desde hace 42 meses no mueve un expediente.

Independientemente de cuál sea el fallo definitivo frente a la Ley de Seguridad Vial, lo cierto es que, si para un Estado provincial y otro municipal la resolución ha demorado desde su inicio hasta la fecha cinco años y cinco meses, cabe preguntarse dos cosas: ¿qué resta para los ciudadanos comunes, y más para quienes no cuentan con dinero para abonar los honorarios de un abogado particular? Y, de la mano de esto, ¿será el tiempo de llevar al Poder Judicial en todos sus niveles al banquillo para que rinda cuentas de la eficiencia y honestidad de su servicio para con los ciudadanos?


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