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19 de noviembre de 2020

Lavalle: Aprueban una ordenanza de acceso a la información pública

  •   Por El Despertador
           

Durante la Sesión Ordinaria N° XVI, el Concejo Deliberante dio por aprobado el Proyecto de Ordenanza N° 228/2020 CD, presentado por la Concejal Claudia Carina Segovia acompañada de Maximiliano Rivera, Nélida Masi, Julián Gallardo y Raimundo Laugero.

Dicha Ordenanza tiene como objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana, y la transparencia de la gestión pública.

Toda persona, de conformidad con el principio democrático de publicidad de los actos de gobierno y atendiendo al carácter público que ostenta la información, tiene el derecho fundamental de solicitar y recibir toda información pública, según las modalidades establecidas en el presente Proyecto, de manera veraz, completa y oportuna.

Se implementará en el sitio www.municipalidaddelavalle.gov.ar la plataforma para facilitar la búsqueda, descubrimiento, y acceso de aquellos conjuntos de datos que contribuyan a promover la transparencia, a incentivar la participación y colaboración de los ciudadanos en los asuntos de gobierno, y a estimular la innovación y el desarrollo social, económico y cultural en el ámbito del Departamento de Lavalle.

El mecanismo de acceso a la información pública debe garantizar el respeto de los principios de:
a) Presunción de publicidad;
b) Máxima apertura y divulgación;
c) Informalidad;
d) Oportunidad,
e) Máxima divulgación
f) No discriminación
g) Gratuidad
h) Alcance limitado de las excepciones;
i) In dubio pro petitor
j) Facilitación

Los obligados deberán proveer la información contenida en cualquier formato en el que haya sido creada u obtenida por el órgano requerido que se encuentre en su posesión o bajo su control. Se considera información cualquier tipo de documentación que sirva de base a un acto administrativo, como así también la que seguidamente se describe con carácter meramente enunciativo:
a) Ordenanzas, manuales de organización y procedimiento y demás disposiciones en los que se establezca su marco jurídico de actuación;
b) Nómina de empleados públicos de planta permanente y funcionarios, categorías, márgenes de remuneraciones por categoría, viáticos y gastos de representación;
c) Programas de obras y en su caso la información relativa a los procesos de licitación y contratación del área de responsabilidad;
d) Presupuesto asignado y los informes sobre su ejecución;
e) Listado de beneficiarios de programas desarrollados por la municipalidad o en los que ésta sea parte;
f) Información sobre diseño, monto, acceso y ejecución de los programas de subsidios;
g) Los procesos de licitación y contratación para la adquisición de bienes, arrendamientos, y prestación de servicios que hayan celebrado en el área de su competencia con personas físicas o jurídicas de derecho público o privado; como también las compras directas que efectúe el municipio;
h) Las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios públicos del municipio, de acuerdo a la normativa que lo regula.

Cabe mencionar que la Concejal Alejandra Argentini también presentó un Proyecto de Resolución con una temática similar, solicitando la adhesión a la Ley Provincial N° 9070 de Acceso a la Información Pública. Dicho Proyecto se acumuló a la presente Ordenanza.


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